Los comercios que se encuentren permitidos de operar por parte del Estado serán los únicos que podrán operar en conjunto con Glovo, Rappi o Uber Eats, según protocolo.
El Poder Ejecutivo dio a conocer este sábado el protocolo sanitario que se aplicará para los aplicativos de reparto a domicilio (delivery) como Glovo, Rappi y Uber Eats, en el marco del proceso de reactivación económica ante el estado de emergencia nacional por el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) en Perú.
Según Resolución Ministerial N° 163-2020-PRODUCE, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, los lineamientos tienen la finalidad de contribuir con la prevención del contagio por COVID-19 en al ámbito laboral, a partir de la emisión de lineamientos generales para la vigilancia de salud de los repartidores.
Disposiciones básicas
El empleador deberá incluir en sus planes de vigilancia prevención y control de la salud en el trabajo de manera obligatoria aspectos como:
Cada aplicativo deberá involucrar a los familiares directos de los trabajadores en las medidas de seguridad que deben seguir para lograr un desarrollo seguro de sus actividades. Para dichos efectos se elaborará y difundirá, en formatos físicos o digitales, la información necesaria sobre las medidas de cuidado y protección que las familias deben implementar y seguir.
En la cadena de distribución y comercialización de los productos se debe considerar el uso de medidas de protección de los trabajadores en los puestos que tengan contacto con los clientes haciendo uso de barreras físicas si fuera necesario.
La forma de entrega del pedido considerará el uso de un elemento que permita dejar el pedido en una superficie por encima del piso, tal como han venido realizando algunos comercios en sus protocolos de delivery.
La norma establece que se limitará la conexión de repartidores independientes a los aplicativos en base a las proyecciones en horas de alta y baja demanda para evitar aglomeraciones en espacios públicos y obtener el número necesario de trabajadores por hora.
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